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13.05.2021

Lima y Callao: Estas son las restricciones hasta el 30 de mayo

América Noticias

Así lo dispuso el Poder Ejecutivo ante la pandemia de la COVID-19. Conoce aquí todas las restricciones por nivel de alerta

El Gobierno dio a conocer las medidas a rigen desde el lunes 10 al domingo 30 de mayo, de acuerdo al nivel de alerta sanitaria en el que esté cada provincia. Ello en el contexto de la pandemia por la COVID-19.

Desde del lunes 10 de mayo, Lima Metropolitana y el Callao dejaron la clasificación de riesgo extremo para ubicarse como zonas de riesgo muy alto frente al coronavirus.

El ministro de Educación, Ricardo Cuenca, indicó que son 8 provincias que están en riesgo alto, 155 en muy alto y 33 en riesgo extremo.

Nivel de alerta extremo

El toque de queda es de 9 p. m. hasta las 4 a. m. del día siguiente. Los domingos rige la inmovilización social obligatoria.

Además, están prohibidas las reuniones en espacios abiertos y cerrados, al igual que los eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas. 

El transporte interprovincial terrestre tendrá un aforo del 50% al 100%, regulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

El aforo permitido en los espacios cerrados oscilará entre el 20% al 40%.

En el caso de centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, templos y lugares de cultos, casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas, el aforo máximo será del 20%.

Para los restaurantes y afines, actividades de clubes y asociaciones deportivas, bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, el aforo es del 30%.

En las tiendas de abastecimiento, bancos y entidades financieras, peluquerías, spa, barberías y afines, se permitirá una capacidad del 40%.

Las actividades a espacio abierto no tienen restricción de aforo, respetando los protocolos.

Nivel de alerta muy alto

El toque de queda es de 9 p. m. hasta las 4 a. m. del día siguiente. Los domingos está prohibido el uso de vehiculos particulares.

También están prohibidos los eventos masivos, carnavales y fiestas costumbristas. 

El transporte interprovincial terrestre tendrá un aforo del 50% al 100%, regulado por MTC.

El aforo permitido en los espacios cerrados será entre el 30% al 50%.

En el caso de centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, templos y lugares de cultos, casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas, el aforo permitido será del 30%.

En restaurantes y afines, actividades de clubes y asociaciones deportivas, bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, la capacidad máxima será del 40%.

En las tiendas de abastecimiento, bancos y entidades financieras, se permitirá operar con un aforo del 50%.

Las actividades a espacio abierto no tienen restricción de aforo, respetando los protocolos.

Nivel de alerta alto

El toque de queda es de 10 p. m. hasta las 4 a. m. del día siguiente. Los domingos hay restricción de vehiculos particulares. El transporte interprovincial es libre. 

El aforo permitido en los espacios cerrados varía entre el 40% al 60%.

En centros comerciales, galerías, conglomerados, tiendas por departamentos, templos y lugares de cultos, casinos, tragamonedas, gimnasios, cines y artes escénicas, la capacidad máxima será del 40%.

En restaurantes y afines, actividades de clubes y asociaciones deportivas, bibliotecas, museos, monumentos arqueológicos, centros culturales y galerías, el aforo será del 50%.

En las tiendas de abastecimiento, bancos y entidades financieras, el aforo será del 60%.

Las actividades a espacio abierto no tienen restricción de aforo, respetando los protocolos.

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