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16.07.2017

Corte Suprema dejó al voto nulidad de fallo que absolvió a familia Chacón

Walter Chacón fue absuelto por el TC. Foto: Perú21

La familia Chacón fue absuelta del delito de enriquecimiento ilícito

La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema dejó al voto el recurso de nulidad del fallo que absuelve a Aurora de Vettori Rojas de Chacón, Juan Carlos Chacón de Vettori y Luis Miguel Portal Barrantes, familiares del exgeneral Walter Chacón Málaga en el proceso seguidos contra ellos por enriquecimiento ilícito.

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El procurador Anticorrupción Édgar Chávez Trujillo y el abogado defensor César Nakasaki expusieron sus alegatos durante la audiencia. El recurso de nulidad es contra la decisión de la Tercera Sala Penal Liquidadora de Lima del 4 de octubre de 2015. La esposa e hijo de Walter Chacón Málaga, así como el exesposo de la congresista Cecilia Chacón fueron absueltos de la acusación de complicidad del delito de enriquecimiento ilícito en agravio del Estado.

El procurador Chávez señaló que no estaba de acuerdo con la decisión de la Sala Penal Liquidadora que consideraba imposible analizar responsabilidad de los partícipes (presuntos cómplices) en relación el autor debido a que Chacón Málaga fue excluido por el Tribunal Constitucional.

El funcionario argumentó que las pericias realizadas estuvieron invadidas de irregularidades y, pese a ello, la sala no tomó en cuenta las observaciones planteadas por los mismos peritos que justificaron algunas omisiones. Sobre ambos argumentos, Chávez pidió al Tribunal Supremo declarar nulo el fallo en segunda instancia.

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En tanto, Nakasaki argumentó que no debería anularse el fallo pues se realizaría un tercer juicio por el mismo tema, pese a que ya son 15 años desde que inició el proceso. En el 2013, la Corte Suprema anuló la sentencia y dispuso una pericia de oficio que fue realizada durante el segundo juicio con un informe pericial contable que estableció desbalance patrimonial.

La sala presidida por el juez supremo Josué Pariona Pastrana deberá ahora tomar la decisión de acuerdo al plazo contemplado por ley.

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