Inicio »
actualidad
2.02.2021

Personas que no paguen multa por incumplir restricciones estarán impedidos de recibir bono

La norma precisa que la restricción no procederá en caso exista causa justificada. América Noticias

La medida, que incluye la restricción alimentaria y sanitaria, se oficializó mediante un Decreto Supremo 

El Gobierno dispuso mediante el Decreto Supremo 008-2021-PCM que quienes infrinjan las medidas sanitarias frente a segunda ola del COVID-19 no recibirán apoyo económico alguno. La sanción se extiende al apoyo alimentario y sanitario.

La norma precisa que la restricción no procederá en caso exista causa justificada. También se indicó que quienes incumplan las disposiciones y no hayan pagado la multa no podrán realizar trámites.

Entre los apoyos alimentarios que otorga el gobierno tras las medidas sanitarias anunciadas el martes 26 de enero, se encuentran las ollas comunes y los comedores populares, también la activación de mercados itinerantes.

El apoyo económico se plasma en la entrega de bonos de 600 soles para 4.2 millones de familias de las regiones catalogadas como nivel extremo; así también el apoyo tributario a empresas en regiones de riesgo muy alto y extremo.
 

LEE TAMBIÉN
Cuarentena en Lima por COVID-19: ¿En qué casos puedo solicitar un pase vehicular?
LEE TAMBIÉN
Aeropuerto Jorge Chávez seguirá operativo durante la cuarentena
ETIQUETAS:
coronavirus
segunda ola
Bono
programas sociales
Presidencia del Consejo de Ministros