Clases presenciales: Ministerio de Educación da a conocer disposiciones que regirán en 2022
Clases presenciales. Foto: Andina
La fecha para el regreso a aulas será del 1 al 14 de marzo
El Ministerio de Educación aprobó las disposiciones que se darán para el retorno a las clases en las modalidades presenciales y semipresenciales para el próximo año 2022. La medida tiene un alcance tanto en los ámbitos urbanos como rurales y en el marco de la emergencia sanitaria por el COVID-19.
Contexto: La resolución ministerial fue publicada y señala que son tres los principios los que conforman el retorno a clases: seguro, flexible y descentralizado. Sobre esta base se establece el diseño y la planificación.
Relevancia: Estas son las medidas que dicta el Minedu para un retorno seguro a clases:
- El retorno a las aulas será entre el 1 y el 14 de marzo del 2022.
- Las clases presenciales serán un máximo de 4 horas diarias en los colegios ubicados en las zonas urbanas. Al respecto, la viceministra de gestión Pedagógica del Minedu, Nelly Palomino, dijo que esta disposición podría modificarse en marzo del próximo año, a fin de ajustar los tiempos de enseñanza a favor del aprendizaje de los alumnos.
- Para los colegios ubicados en los ámbitos rurales se considerará el horario regular de acuerdo a la jornada escolar.
- Durante las clases, se debe mantener la distancia mínima de un metro en todas las direcciones del cuerpo.
- Las puertas y ventanas de las aulas deben estar abiertas para asegurar la ventilación natural adecuada, con excepción de las escuelas ubicadas en zonas con climas fríos.
- Se debe respetar el aforo máximo establecido para cada espacio, y no se puede compartir ni intercambiar materiales ni mascarillas.
- Los quioscos, cafeterías y comedores escolares se mantendrán cerrados, sin brindar servicios durante la emergencia sanitaria.
- En los casos de los modelos de servicio educativo con residencia, se permite el uso de comedores, respetando el aforo máximo, así como la distancia entre las sillas, las mesas, la ventilación natural adecuada, las condiciones y las medidas de bioseguridad.
- En los ámbitos rurales, en la primera fase, cada estudiante consumirá los alimentos que trae desde su hogar, para lo cual se guardará una distancia física de dos metros, en un espacio abierto, con acompañamiento de un docente como parte de una hora pedagógica. En este proceso no se deben compartir alimentos ni utensilios.
- El personal que retorne al servicio educativo con algún grado de presencialidad debe contar con las dosis de vacunación completa, según lo establecido por la autoridad sanitaria.
- El personal directivo, en coordinación con el personal administrativo, es responsable de monitorear la condición de salud del personal y de los estudiantes con el fin de prevenir contagios.
- El servicio educativo semipresencial combina momentos de trabajo a distancia y presencial cubriendo cinco días a la semana, en un horario que se determina a partir de las características y condiciones de las instituciones educativas, para lo cual el docente debe acordar los horarios, medios de comunicación y herramientas para el trabajo a distancia con los estudiantes y sus familias.
- Los colegios deben instalar estaciones de lavado de manos o desinfección y la señalización correspondiente para orientar a los estudiantes y personal de la institución educativa en su desplazamiento en el local escolar.
- En el caso de que en un aula se detecte un caso sospechoso o confirmado de covid-19, el grupo, sea en servicio educativo semipresencial o presencial que haya estado en contacto, ingresará en cuarentena por un periodo de 14 días, para luego retornar a sus actividades, descartándose que toda la institución educativa tenga que cumplir cuarentena.
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