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29.03.2022

TC publica sentencia que restituye el indulto de Alberto Fujimori

Documento de más de 100 páginas presenta el fallo y los argumentos de los magistrados.

El Tribunal Constitucional publicó la sentencia del 17 de marzo que restituye el indulto humanitario y, por ende, libera al expresidente Alberto Fujimori.

El fallo se dio para resolver el recurso de agravio constitucional interpuesto por Gregorio Fernando Parco Alarcón que, en este caso, figura como abogado de Alberto Fujimori, “contra la resolución de fojas 38, de fecha 22 de mayo de 2020, expedida por la Sala Mixta de Emergencia de Ica de la Corte Superior de Justicia de Ica, que declaró improcedente la demanda de habeas corpus de autos”.

La razón de relatoría adjunta al documento indica que “los magistrados Ferrero Costa, Sardón de Taboada y Blume Fortini votaron, coincidiendo, por 1) Declarar fundada la demanda de habeas corpus; 2) Declarar nulas la resolución 10, de fecha 3 de octubre de 2018; la Resolución 46, de fecha 13 de febrero de 2019 y a Resolución 48, de fecha 13 de febrero de 2018, por encontrarse viciadas de incompetencia y vulnerar la debida motivación; 3) Restituir los efectos de la Resolución Suprema 281-2017-JUS del 24 de diciembre de 2017 y 4) Disponer la libertad inmediata del favorecido Alberto Fujimori Fujimori”.

El documento, además, precisa que los magistrados Miranda Canales, Ledesma Narváez y Espinosa-Saldaña Barrera votaron por declarar improcedente la demanda de habeas corpus.

Entre sus argumentos en contra, Miranda Canales señaló que “la revisión constitucional de una resolución judicial no le da competencia a la justicia constitucional para revisar a modo de supra instancia lo decidido por la justicia ordinaria. No obstante, la ponencia pretende reexaminar lo analizado por la Corte Suprema en relación con el cumplimiento de los requisitos para la concesión del indulto, aspecto que excede la competencia de la justicia constitucional”.

Por su parte, la magistrada Ledesma aseguró que “no hay ni un solo argumento legítimo que sirva de justificación para que la mayoría del Tribunal Constitucional haya revivido un indulto indebidamente otorgado a Alberto Fujimori”.

Al inicio de la exposición de su voto singular dijo que “la sentencia que ha expedido dicha mayoría solo se explica por la simple voluntad de los tres magistrados que la conforman y, claro, de que ahora tienen los votos. Una sociedad tan polarizada como la peruana urge de jueces o juezas independientes que protejan por igual los derechos de todos, y no de activistas políticos que protejan sin base jurídica a una de las partes en conflicto”.

Ledesma dice estar de acuerdo con que “ninguna persona debería morir en prisión”, aunque hizo la salvedad de que el estado de salud y las condiciones desfavorables en prisión deben ser determinadas por médicos y no por “tres magistrados del Tribunal Constitucional”.

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