Bomberos: ya no les descontarán en sus trabajos por atender emergencias
Decreto establece que tienen derecho a licencia remunerada cuando los convoque el CGBVP
Desde el domingo 15 de diciembre, los bomberos que trabajen en el sector privado o público tienen derecho a una licencia remunerada cuando atiendan a la población de cualquier parte del país, ya no solo en zonas de emergencia.
El ministro de Trabajo, Alfonso Grados, señaló que esta medida, establecida a través de un decreto supremo de su sector, reconoce la valiosa labor de los bomberos a nivel nacional.
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De acuerdo a esa norma, los bomberos voluntarios ejercen un cargo cívico y tienen derecho a una licencia con goce de haberes cuando sean convocados por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP) para la atención de emergencias por incendios, accidentes, desastres o calamidades naturales o inducidas que ponen en riesgo a las personas o al orden público en cualquier parte del territorio nacional, incluyendo las zonas en estado de emergencia.
Alfonso Grados enfatizó que el tiempo de licencia es considerado como tiempo trabajado, por lo que no podrá ser descontado o considerado como ausencia injustificada, ni como falta pasible de sanción. Este plazo incluye un periodo razonable para el descanso, recuperación y desintoxicación del bombero.
Para acceder a estos permisos y licencias, los trabajadores del sector privado y los servidores del Estado deben comunicar por única vez a sus empleadores su afiliación y retiro del CGBVP mediante una declaración jurada o en el formato que le provean.
Y, para el ejercicio de estos beneficios, se debe informar al empleador por cualquier medio sobre la convocatoria del Cuerpo General hasta dentro del tercer día de ausencia. Cuando se reincorpore a su trabajo, el empleador puede pedir al bombero la constancia de participación en el acto de servicio, documento que emite gratuitamente el CGBVP.