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21.11.2018

Asilo diplomático: esto es lo que dicen los tratados internacionales al respecto

Internacionalistas Alonso Gurmendi y Juan Velit explicaron el tema. Foto y video: América Noticias

Mientras tanto, la Cancillería peruana envió una Nota Diplomática a la Embajada de Uruguay

Gran controversia se ha generado por los convenios internacionales de asilo, ello tras la solicitud del expresidente Alan García a la República Oriental de Uruguay. El único que existe es el firmado en Venezuela en 1954.

Los internacionalistas Alonso Gurmendi y Juan Velit explicaron el tema. Así, Velit indicó que "el Tratado de 1954 estipula en su artículo segundo que no está permitido que el país asilante, es decir, el país que califica a la persona que solicita el asilo, se lo dé si es que el mismo está involucrado en un asunto delictivo". 

Existen también otros tratados, y al respecto, Alonso Gurmendi señala que hay otros tratados con los que se podría hacer un argumento, y "uno de ellos es la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción, estos tratados obligan a que los delitos de corrupción y lavado de activos no sean considerados políticos".

Gurmendi y Velit explicaron que el Perú podría solicitar, en base a ellos, una reflexión por parte de Uruguay respecto a la pertinencia de un eventual asilo.

Mientras tanto, la Nota Diplomática de la Cancillería peruana enviada al embajador de Uruguay, resalta el compromiso de Lima denominado 'Gobernabilidad democrática y lucha contra la corrupción' firmado el 2018, donde los países de América Latina se comprometen a adoptar las medidas para luchar contra la corrupción y cooperar en esta tarea. 

Además, menciona que tanto el Perú como Uruguay son parte de la Convención Interamericana contra la Corrupción de 1996, que tiene como objetivo fortalecer los mecanismos anticorrupción.

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