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    Zoraida Ávalos: "El Congreso cometió una aberración jurídica conmigo"

    En entrevista a Canal N, Zoraida Ávalos, repuesta fiscal suprema titular, aseguró que el Congreso cometió "una aberración jurídica" en su contra. Señaló que nunca fue destituida y que no se opone a que la investiguen

    Zoraida Ávalos aseguró que el Congreso de la república cometió una "aberración jurídica" en su caso que conllevó su inhabilitación por cinco años. Asimismo, se refirió a la reciente sentencia del Poder Judicial que ordenó su reincorporación como Fiscal Suprema titular del Ministerio Público.

    "Yo nunca fui destituida, mi título como fiscal suprema titular está incólume [...] Nadie está cuestionando que el Congreso no pueda hacer juicios políticos, eso está dentro de sus competencias, nunca presenté medidas cautelares. Está dentro de sus competencias, pero debe hacer en el marco de sus competencias. Ahora, ellos cometieron una aberración jurídica conmigo. Ellos han criminalizado un criterio jurídico", argumentó.

    En ese sentido, Ávalos remarcó que nunca se opuso a que el Poder Legislativo la investigue e instó a que se fundamenten hechos que califiquen como eventuales infracciones.

    "No han especificado de manera clara y concreta cuáles serían los hechos y la conducta que constituiría la infracción [...] La sentencia que se ha dictado ayer, en la que declararon fundada mi petición, no es medida cautelar, es una sentencia de fondo, después de estar inhabilitada 11 meses arbitrariamente", indicó.

    La repuesta fiscal suprema titular mencionó que, recientemente, el Tribunal Constitucional indicó que "hay resoluciones de juicios políticos del Congreso que no deben revisadas en sede judicial a excepción que se haya violado derechos fundamentales".

    ¿POR QUÉ EL PODER JUDICIAL REPUSO A ZORAIDA ÁVALOS EN LA FISCALÍA?

    El último 14 de mayo, la Tercera Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima ordenó la reincorporación de Zoraida Ávalos como Fiscal Suprema titular del Ministerio Público tras declarar fundada en parte la demanda presentada por la exfiscal de la Nación.

    "Esta Sala Superior Constitucional concluye que se ha vulnerado el derecho al debido proceso formal, en el ámbito de la motivación de la resolución legislativa de inhabilitación, de la demandante", sustentó el Poder Judicial en su resolución.

    Asimismo, expresó que lo expuesto en modo alguno "implica un cuestionamiento a la prerrogativa de los señores Congresistas" en el control político y en el libre ejercicio de sus votos.

    "Tampoco significa que en este proceso constitucional se discuta o determine si hubo o no infracción constitucional por parte de la demandante, por cuanto ello es exclusivo y excluyente del Parlamento", se agregó.

    En tanto, la Tercera Sala Constitucional declaró improcedente la demanda que presentó Ávalos y que buscaba declarar la nulidad e ineficacia de la resolución del Congreso sobre la formación de una causa penal en su contra por la presunta comisión del delito de omisión, rehusamiento o demora de actos funcionales.

    "Siendo que, la acusación constitucional ha sido formalizada en la vía penal y que, incluso, ya tiene una primera resolución jurisdiccional, y se encuentra pendiente la decisión final en el órgano jurisdiccional supremo, este colegiado no puede emitir pronunciamiento sobre ello en respeto del artículo 139º. 5 de la Constitución Política del Perú", se indicó en la resolución.