El Tribunal Constitucional rechazó la demanda de inconstitucionalidad contra la reforma universitaria
Declaró infundadas las demandas de inconstitucionalidad interpuestas contra los artículos 1 y 3 y contra la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley 31520
El Tribunal Constitucional declaró infundadas las demandas de inconstitucionalidad interpuestas contra los artículos 1 y 3 y contra la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley 31520, presentada por la ex Defensora del Pueblo, Eliana Revollar contra la ley de la contrarreforma universitaria.
Según detalla el documento pide, “exhortar al Poder Legislativo a respetar el principio de progresividad y no regresividad en la inversión pública para la garantía del derecho a la educación, en cuanto al deber de diseñar e implementar mecanismos y herramientas técnicas que incentiven y/o fomenten la mejora de la calidad del servicio educativo y el logro de resultados en el servicio educativo brindado por las universidades públicas”.
Así como exhortar al Poder Ejecutivo, específicamente al Ministerio de Educación y al Ministerio de Economía y Finanzas para que coordinen, en el marco de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la fijación de montos y criterios técnicos, entre otras disposiciones, que resulten necesarias en la aplicación de tales mecanismos.