Rafo León fue absuelto del delito de difamación agravada

La Corte Superior de Lima revocó el fallo contenatorio emitido en primera instancia contra el periodista

Rafo León, periodista. Foto: El Comercio
Rafo León, periodista. Foto: El Comercio

La Sexta Sala Penal con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de Lima, revocó, en mayoría, la sentencia apelada que declaró la reserva del fallo condenatorio a Rafael Enrique León Rodríguez , más conocido como Rafo León, como autor del delito contra el honor –  difamación Agravada en agravio de Martha Meier Miró Quesada.

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 Así también absolvió del ilícito penal en referencia disponiendo el archivo definitivo de los actuados. Lo resuelto anula el periodo de prueba de un año y la reparación civil fijada en seis mil soles.

En declaraciones con Canal N, Rafo León destacó que este último fallo judicial "enmienda correctamente" la "sentencia extraña" emitida en primera instancia. Dijo además que los jueces concluyen que no existe delito de opinión y que la querellante es un personaje público que debe tolerar la opinión ajena.

"No hay en una parte del artículo algo que se pueda considerar difamación agravada, según los jueces", declaró el periodista.

La resolución señala que, según lo expuesto en el recurso de apelación del querellado, carece de contenido penal los argumentos de la demanda. Anota además que, considerando el ámbito propio de cada uno de los derechos fundamental – honor y libertad de expresión, se comprobó que las palabras y frases que contienen el artículo escrito por el incriminado no son de tal intensidad que lleguen a calificar como ilícito penal.

Como se recuerda, el periodista Rafo León fue acusado por haber escrito una columna en la revista Caretas en el año 2014 en referencia a las críticas de Martha Meier de la gestión de la entonces alcaldesa Susana Villarán, por lo cual Meier presentó una demanda penal.

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