Rechazado requerimiento fiscal para prisión preventiva de Keiko Fujimori
Durante la sesión, el fiscal José Domingo Pérez argumentó que Fujimori había violado ciertas normas de conducta, lo que justificaba su solicitud de prisión preventiva
El Poder Judicial decidió rechazar el requerimiento de la Fiscalía para revocar la comparecencia con restricciones e imponer la prisión preventiva a Keiko Fujimori, quien está acusada del delito de lavado de activos en el caso Cócteles.
La audiencia, en la que la defensa y el Ministerio Público presentaron sus argumentos, concluyó manteniendo la comparecencia con restricciones.
Durante la sesión, el fiscal José Domingo Pérez argumentó que Fujimori había violado ciertas normas de conducta, lo que justificaba su solicitud de prisión preventiva.
Sin embargo, la resolución del Poder Judicial declaró infundado dicho requerimiento. La parte resolutiva de esta decisión será transcrita en el módulo de decisiones judiciales.
Keiko Fujimori: Fiscal José Domingo Pérez pidió que se le dicte nuevamente prisión preventiva en caso Cócteles
El fiscal provincial del equipo especial Lava Jato, José Domingo Pérez, solicitó al Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional se revoque la comparecencia con restricciones para Keiko Fujimori y se dicte nuevamente la prisión preventiva en contra de la lideresa de Fuerza Popular por, presuntamente, haber incumplido las reglas de conducta del denominado caso Cócteles.
Entre los fundamentos del hecho entregados al Poder Judicial, Domingo Pérez señaló que la excandidata presidencial decidió viajar a los Estados Unidos el pasado 25 de mayo de este año, "sin solicitar previa autorización" con lo que, según su versión, incumplió "la obligación impuesta" de "no ausentarse de la ciudad de su domicilio fijado", es decir, no salir de Lima.
Es preciso indicar que el último 28 de mayo, Keiko Fujimori realizó una publicación en su cuenta de X en la que agradeció a la Dominican University of California de Estados Unidos por haberla invitado a sus instalaciones.