Hoy:

    Pedro Hernández tildó de "tendencioso" comunicado del TC

    El magistrado del TC, Pedro Hernández, criticó el pronunciamiento del organismo que integra tras rechazó de demanda del Congreso contra el PJ. "No se puede aceptar un comunicado tendencioso que parecería decir que algunos fuimos saboteadores", indicó

    Pedro Hernández fue uno de los tres magistrados del Tribunal Constitucional (TC) que se retiraron al inicio de la votación que devino en el rechazo de la demanda competencial del Congreso contra el Poder Judicial por los fallos a favor de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

    En entrevista a Octavo Mandamiento, el integrante del TC criticó el comunicado que emitió el organismo que conforma, y en el cual se explicó que, al no alcanzarse los votos mínimos para declarar fundada la demanda competencial, esta fue rechazada.

    "Estamos ante una realidad de una mayoría que pretende comportarse sin respetar derechos de la minoría [...] No hubo el quórum porque decidimos retirarnos", remarcó al respecto.

    En otro momento, Hernández también cuestionó la gestión de la actual presidenta del Tribunal Constitucional, Luz Pacheco, de quien dijo que espera explicaciones sobre la decisión que se tomó en el caso que involucró en el trasfondo dirimir sobre una decisión del Legislativo para inhabilitar a miembros de la JNJ.

    "No me parece que se pueda aceptar un comunicado tendencioso que parecería decir que algunos magistrados fuimos los saboteadores", puntualizó.

    ¿QUÉ SOLICITÓ EL CONGRESO SOBRE LA DECISIÓN DEL TC?

    Es preciso indicar que el pasado 22 de octubre, la Procuraduría Pública del Congreso solicitó al Tribunal Constitucional (TC) que se declare la nulidad de la votación que rechazó la demanda competencial que interpuso el Parlamento contra el Poder Judicial (PJ) por haber emitido fallos a favor de la Junta Nacional de Justicia (JNJ).

    Entre los fundamentos de la petición, el Legislativo sostuvo que la decisión del TC se realizó "sin contar con el quorum señalado en el artículo 5 de la Ley 28301, 'Ley Orgánica del Tribunal Constitucional'.