Formalizan creación de entes de control del Poder Judicial y Ministerio Público
Ambos dispositivos legales integran las propuestas de la reforma judicial impulsadas por el Gobierno
El Poder Ejecutivo oficializó la creación de la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial y del Ministerio Público como órganos encargados del control funcional de los jueces de todas las instancias y del personal auxiliar jurisdiccional, excepto de los jueces supremos.
“El control funcional comprende la prevención, inspección, investigación, instauración del procedimiento disciplinario e imposición de la sanción conforme a la ley 29277, ley de la carrera judicial”, indica la ley N° 30943.
Además, dispone que el jefe de la Autoridad Nacional del Control del Poder Judicial es la máxima autoridad y lo representa. “Es nombrado por un periodo de cinco años, no prorrogable, mediante concurso público de méritos conducido por la Junta Nacional de Justicia”, señala.
La norma detalla también que el jefe de esta entidad de control tiene las mismas incompatibilidades, prohibiciones, remuneración y beneficios que los jueces supremos, según indica Andina.
En cuanto al Ministerio Público, con la ley N° 30944 se formalizó la creación de la Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, la cual “cuenta con autonomía administrativa, funcional y económica de conformidad con la ley”.
“La Autoridad Nacional de Control del Ministerio Público, tiene a su cargo el control funcional de los fiscales de todos los niveles y del personal de función fiscal del Ministerio Público, salvo el caso de los fiscales supremos que es competencia exclusiva de la Junta Nacional de Justicia”, detalla.
Ambos dispositivos legales integran las propuestas de la reforma judicial impulsadas por el Gobierno y están firmadas por el presidente de la República, Martín Vizcarra, y el titular de la Presidencia de Consejo de Ministros, Salvador del Solar.
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