Hoy:

    Ley de acoso político: ¿de qué trata la propuesta y a quiénes sancionaría?

    La iniciativa legislativa será analizada este jueves 7 de marzo en el Pleno

    La propuesta se debatirá este jueves 7 en el Congreso. Foto: Andina
    La propuesta se debatirá este jueves 7 en el Congreso. Foto: Andina

    Este jueves 7 de marzo se debatirá en el Congreso la propuesta de ley de acoso político, presentada en el 2018 en la Comisión de la Mujer y Familia. La norma, de ser aprobada, modificará el artículo 316 del Código Penal para incluir determinados delitos que afectan a las mujeres.

    ¿Qué propone?

    La iniciativa pretende garantizar el ejercicio pleno de los derechos políticos de las mujeres, regulando para tal fin las expresiones de acoso, por lo que hacer apología de aquellos delitos relacionados con distintas formas de violencia hacia las mujeres tendría una pena mayor.

    La bancada Nuevo Perú contempla en el Proyecto de Ley No 3693/2018-CR: establecer importantes medidas de violencia de género, la violencia en relación de pareja, feminicidio, trata de personas con fines de explotación sexual, acoso sexual en espacios públicos, violencia obstétrica, esterilizaciones forzadas, hostigamiento sexual, acoso político, violencia en conflictos sociales, entre otras. 

    ¿Qué modificaría?

    El Proyecto de Ley No 3693/2018-CR propone modificar el artículo 316 del Código Penal para incluir determinados delitos que afectan a las mujeres. Es decir, plantea que hacer apología de los delitos relacionados con las distintas formas de violencia contra las mujeres tengan una pena más alta a la actual. 

    ¿Qué sanciones se aplicarían?

    Lo que plantea el Proyecto de Ley es modificar el artículo 316 del Código Penal, a fin de aplicar penas más amplias contra la violencia en todas sus formas hacia las mujeres. Dicho artículo a la fecha indica:

    Artículo 316. Apología

    El que públicamente exalta, justifica o enaltece un delito o a la persona condenada por sentencia firme como autor o partícipe, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de un año ni mayor de cuatro años.

    De modificarse el artículo 316 del Código Penal, el texto quedaría de la siguiente manera:   

    "Si la exaltación, justificación o enaltecimiento se hace de delito previsto en los artículos 107 al 108-B, 121-B, 152 al 153-A, 170, 173, 200, 273 al 279- D, 296 al 298, 315, 317, 318-A, 325 al 333, 346 al 350 o de los delitos de lavado de activos, o de la persona que haya sido condenada por sentencia firme como autor o partícipe, la pena será no menor de cuatro años ni mayor de seis años, doscientos cincuenta días multa, e inhabilitación conforme a los incisos 2,4 y 8 del artículo 36 del Código Penal. Conforme a los incisos 2,4 y 8 del artículo 36 del Código Penal”.

    ¿Cómo surgió la iniciativa legislativa y quiénes participaron en la misma?

    La propuesta reúne cinco proyectos de ley y contempla erradicar el acoso político contra las mujeres, como evitar que participe en la toma de decisiones políticas.

    El planteamiento fue hecho durante la primera legislatura ordinaria 2018 por los parlamentarios Tania Pariona, Richard Arce, Indira Huilca, Édgar Ochoa, Oracio Pacori, Alberto Quintanilla, y Horacio Zeballos.

    Este jueves 7 de marzo se realizará el debate respectivo en el Pleno Mujer.

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