Hoy:

    Luis Iberico: “Inmunidad parlamentaria no es necesariamente impunidad”

    Luis Iberico dijo que la inmunidad parlamentaria defiende no a la persona, sino al Congreso como institución; defiende investidura del congresista y no al congresista

    Luis Iberico se refirió al levantamiento de inmunidad parlamentaria. Foto: El Comercio

    El congresista Luis Iberico considera que la figura de la inmunidad parlamentaria no significa impunidad necesariamente. Dijo que el Congreso es autónomo y es la única institución que puede decidir sobre esta prerrogativa.

    “El Poder Judicial que te sentencia y que pide tu inmunidad es el que te la levanta. Estaríamos cediendo a otro Poder del Estado una injerencia que sí la va a tener en la medida que tú ya hayas venido con un juicio encima y te sentencie. Si llegaste así, te vas a cumplir la sentencia, de lo contrario hay un mecanismo de protección que no es impunidad necesariamente porque se va a evaluar cada caso”, argumentó.

    Iberico manifestó que se trata de la autonomía de poderes porque el Congreso es autónomo y, por lo tanto, “es el propio Congreso el que, cuidando esa protección que tiene para poder fiscalizar y controlar, es el que tiene que levantar [la inmunidad]”.

    “Lo que tenemos que buscar en esta reforma, tanto Legislativo como Ejecutivo y Judicial, es fortalecer instituciones y no mellarlas ni debilitarlas. Creo que la inmunidad parlamentaria hay que entenderla como algo que defiende no a la persona, sino al Congreso como institución; defiende la investidura del congresista y no al congresista”, expresó el parlamentario.

    Finalmente, señaló que para que no ocurra la situación de Edwin Donayre, se agrega la inmunidad de arresto, es decir, “si tú ya viniste con un juicio encima y el Poder Judicial ordena tu detención, simplemente informan al Congreso y se detiene al congresista”.

    La comisión de Constitución del Congreso, con 14 votos a favor y 5 en contra, aprobó que los pedidos de levantamiento de inmunidad sean resueltos e máximo 60 días por el Parlamento y no por la Corte Suprema.

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