Ejecutivo hace oficial decreto contra la corrupción en el ámbito privado
Los que incurran en este ilícito serán reprimidos con pena privativa de la libertad no mayor de cuatro años
El decreto contra la Corrupción en el Ámbito Privado fue publicado hoy en el diario oficial El Peruano. Esta norma regula por primera vez este ilícito en dicho sector y considera como delito el accionar de una persona en perjuicio de la propia empresa.
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“El socio, accionista, gerente, (…) de una persona jurídica de derecho privado, organización no gubernamental, asociación, (…) que directa o indirectamente acepta reciba o solicita donativo promesa o cualquier otra ventaja o beneficio indebido de cualquier naturaleza para sí o para un tercero para realizar y omitir un acto que permita favorecer a otro en la adquisición o comercialización de bienes o mercancías, en la contratación de servicios comerciales o en las relaciones comerciales, será reprimido con pena privativa de la libertad no mayor de cuatro años e inhabilitación”, dicta la norma.
Es decir, será considerado como corrupción cuando, entre privados, una determinada persona actúa en perjuicio del interés de la propia empresa buscando beneficiar a una o terceras personas.
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Además, en la publicación indica que el decreto legislativo tiene por objeto modificar el Código Penal con el fin de sancionar penalmente los actos de corrupción cometidos entre privados que afectan el normal desarrollo de las relaciones comerciales y la competencia leal entre empresas.