Hoy:

    Aprueban ley que otorga 7 días de licencia a trabajadores con familiares enfermos de gravedad

    Abogado laboralista asegura que dicha norma debe ser regulada para que no haya perjuicio a las empresas e instituciones.

    Lima .

    Según la ley 30012 publicada hoy en el diario oficial El Peruano, todo trabajador del sector público o privado tendrá derecho a licencia de 7 días con goce de haber en caso de tener algún familiar directo que se encuentre gravemente enfermo, en fase terminal o cuya vida esté en riesgo debido a un accidente.


     


    Según explicó el abogado laboralista, Ricardo Herrera, la licencia puede ser extendible hasta 30 días o más en caso de que el trabajador pueda compensar dichos días con vacaciones o sobretiempo. El colaborador deberá probar el estado de salud de su pariente mediante un certificado médico.


     


    Sin embargo, Herrera observó algunos vacíos legales de la norma pues no se exige que el trabajador acredite que sea la única persona que pueda atender al enfermo o al accidentado en casa pues de haber una persona encargada, el trabajador no tendría derecho a licencia. “Se desvirtuaría la justificación de la licencia”, dijo.


     


    Asimismo, dijo que el certificado médico debería de ser expedido por Essalud o el Ministerio de Salud y no por cualquier médico “pues a veces ocurre que los certificados médicos no reflejan lo que está ocurriendo en realidad” debido a que se podría dar una situación ficticia.